Auditoría de cuentas anuales

Definición de auditoría de cuentas

Según el Artículo 4 del Reglamento de la Ley de Auditoría de Cuentas, la  definición de auditoría de cuentas anuales es la siguiente:

 

  • La auditoría de las cuentas anuales consistirá en revisar y verificar a efectos de dictaminar si dichas cuentas expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado de sus operaciones y, en su caso, de los flujos de efectivo de la entidad auditada, de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo

 

La auditoría de cuentas anuales debe observarse como uno de los puntos fuertes a nivel financiero de la empresa auditada. A lo largo de estos años, nuestros clientes han comprobado que el informe del auditor es un punto de apoyo para la dirección frente a entidades financieras, y un valor interno de control transparencia y objetividad frente a los socios. Con la auditoría mejora la gestión,  el cumplimiento de la legalidad vigente y los procedimientos internos. 

Nuestros procedimientos de trabajo analizan objetivamente las areas de riesgo de la empresa, los procedimientos internos, el grado de cumplimiento de los controles y con ello se diseña una planificación y enfoque del trabajo. La auditoría, contempla la revisión de toda la información financiera de las cuentas anuales, según procedimentos de auditoría y tiene en cuenta aspectos intangibles como los valores de la dirección,  el sector en el que opera, la competencia y su competencia, así como los riesgos inherentes a cada uno de dichos elementos.

La auditoría permite detectar áreas de mejora, procedimientos mejorables, o incumplimientos legales, así como efectuar recomendaciones a la dirección para ayudarle a alcanzar sus plan estratégico. Con las recomendaciones de mejora de control interno, cada año el cliente gana en rendición y medición de resultados, controla mejor el riesgo y adquiere un mejor conocimiento de los aspectos críticos del negocio, que sin la auditoría no tendría.

 

¿Quién debe someter sus cuentas a auditoría?

 

Desde la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización (en adelante, Ley de Emprendedores) se  han modificado los límites establecidos en el apartado 1 del artículo 257 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital para que una Sociedad pueda formular cuentas anuales abreviadas.

Los límites para poder formular balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados son los siguientes:

 

  • Que el total de las partidas del activo no supere los cuatro millones de euros.

  • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los ocho millones de euros.

  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

 

Estos requisitos se han de cumplir, al menos dos de las anteriores circunstancias, durante dos ejercicios consecutivos y a la fecha de cierre de cada uno de ellos.

Asimismo, las sociedades perderán esta facultad de formular cuentas anuales abreviadas, si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias anteriores.

Desde  la Ley de Emprendedores, una sociedad o entidad NO DEBERÁ  someter sus cuentas anuales a auditoría cuando durante dos años consecutivos esté por debajo de los límites siguientes:

 

  • Que el total de las partidas del activo no supere los 2.850.000€.

  • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5.700.000€.

  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

     

No obstante, la disposición adicional primera de La ley de auditoría de cuentas indica las entidades y empresas que están obligadas a someter sus cuentas a auditoría de cuentas.